Descripción
¿Qué es Timecheck?
Una aplicación que permite el cumplimiento de la ley vigente respecto al registro horario de las personas trabajadoras.
¿Hay otras aplicaciones de registro horario como Timecheck?
Aplicaciones de registro horario hay miles, sin embargo y entre las más profesionales, nosotros elegimos Timecheck y llevamos años utilizándola.
Gestión de empleados
Permite dar de alta a las personas trabajadoras para que accedan bien desde su dispositivo móvil, ordenador o cualquier otro dispositivo con conexión a internet para registrar la entrada/salida en su puesto de trabajo.
Gestión de horarios
Permite crear horarios o turnos con o sin descansos y asignárselos a uno o a un grupo de empleados.
Gestión de calendarios
Permite asignar calendarios laborales si procede, incluyendo festivos nacionales y autonómicos de forma automática permitiendo crear festivos locales.
Geolocalización
Si la empresa lo requiere y activa, la aplicación geolocaliza en cumplimiento de la ley vigente, el lugar desde el que se registra la entrada o salida del empleado.
Gestión integral de registros en tiempo real
El responsable que designe la empresa, tiene acceso y permiso para la gestión integral de los registros generados, resolución de incidencias así como obtención de informes (PDF o XLS) a petición de la autoridad laboral que lo requiera.
NORMATIVA APLICABLE
Real Decreto-ley 8/2019 modifica el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores , entrada en vigor el 12 de mayo de 2019 “Obliga a establecer en toda empresa el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora; es decir, la hora u horas de entrada y salida”
¿Qué empresa está sujeta a la norma?
Empresas y autónomos. Esta obligatoriedad se da siempre:
- independientemente del tipo de jornada
- se realicen, o no, horas extras
- tanto que se trabaje en el mismo centro o de forma desplazada
- se tenga horario flexible o el mismo horario de entrada y salida
- sin importar el número de trabajadores de la empresa
¿A qué obliga la ley?
Estos registros horarios deberán estar constantemente a disposición tanto para cualquier empleado que lo solicite como para los sindicatos y la inspección de trabajo.
La legislación obliga al registro y, también, al mantenimiento de la información durante un mínimo de 4 años. Dada esa exigencia legal, es fundamental que el acceso a esa información se realice de la forma más rápida y fiable posible en cualquier momento que se necesite.
La sanción puede ir desde los 626€ si es considerada leve o llegar a los 6.250€ si se considera grave.